La digitalización de las subastas judiciales
Desde 2015, las subastas judiciales se celebran exclusivamente por vía electrónica a través del Portal de Subastas del BOE. Cualquier persona puede participar como licitador desde cualquier lugar, cumpliendo requisitos básicos de identificación y depósito de garantía.
Participación como licitador
Se necesita registro en el Portal, certificado digital o DNI electrónico, y un depósito de garantía del 5% del valor de tasación. Las pujas se realizan online durante 20 días naturales desde la publicación.
Reglas de adjudicación
Con postores en vivienda habitual: si la mejor postura supera el 70% de la tasación, se aprueba el remate. Sin postores en vivienda habitual: adjudicación al 70%. Con postores sin vivienda habitual: aprobación si supera el 50%. Sin postores sin vivienda habitual: adjudicación al 50%. El acreedor puede participar sin depósito y subir pujas sin desembolso hasta el importe de la deuda.
La cesión de remate: herramienta clave
Permite al acreedor adjudicatario ceder la adjudicación a un tercero (comprador final), que inscribirá la propiedad y pagará el TPO. El inversor obtiene su beneficio sin adjudicarse personalmente el inmueble, evitando costes fiscales y de gestión.
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